Gestión catastral

Ámbito de Trabajo

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  1. Los trabajos del Procedimiento de Regularización Catastral tienen como objetivo la incorporación al Catastro Inmobiliario de los inmuebles urbanos y de los inmuebles rústicos con construcción, así como de las alteraciones de sus características, en los supuestos de incumplimiento de la obligación de declarar de forma completa y correcta las circunstancias determinantes de un alta o modificación, con el fin de garantizar la adecuada concordancia de la descripción catastral de los bienes inmuebles con la realidad inmobiliaria.

    Estos trabajos comienzan con un recorrido en campo que permita detectar posibles incidencias. Además se debe obtener la información municipal que soporte dichas incidencias. Posteriormente se incorporan los datos necesarios para la correcta tramitación de los expedientes de regularización.

  2. En el caso de los expedientes catastrales 902 y 903, las Gerencias de Catastro trasladan a SEGIPSA esos expedientes, junto con toda la documentación adjunta.

    A continuación se procede a su grabación y posterior propuesta de resolución. Concluida esa labor se devuelven los expedientes a la Gerencia de Catastro.

  3. En caso de los trabajos encomendados a SEGIPSA basados en la Orden Ministerial 1616/2010, se han definido tres tipos de tareas:

    • Propuesta de resolución de expedientes catastrales, remitidos por la entidad o la Gerencia correspondiente y acompañados de la documentación necesaria.

    • Propuesta de resolución de expedientes catastrales, recogiendo y aportando la documentación facilitada por el Organismo competente, mediante desplazamiento al mismo.

    • Propuesta de resolución de expedientes catastrales en gabinete, consiguiendo la información y documentación necesaria mediante trabajo de campo sobre el inmueble.